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ZONA DE CONTROL (CTR):
Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba desde la superficie terrestre hasta un límite superior especificado. (DAR-02 - 11)
ZONA DE JURISDICCION:
Zona geográfica para la cual un Centro Meteorológico Regional tiene la responsabilidad de preparar y proporcionar pronósticos para los vuelos que salen de los aeródromos situados a su zona de servicio. (DAR-03)
ZONA DE PARADA (STOPWAY):
Area rectangular definida en el terreno situado a continuación del recorrido de despegue disponible, preparada como zona adecuada para que puedan pararse las aeronaves en caso de despegue interrumpido. (DAR-04 - 06 - 14)
ZONA DE PROTECCION:
Espacio aéreo constituido por las superficies limitadoras de obstáculos y de peligro potencial, relacionadas con los aeródromos públicos o militares, sus inmediaciones terrestres o acuáticas y las instalaciones de ayuda y protección a la navegación aérea. (DAR-14)
ZONA DE TOMA DE CONTACTO (TDZ):
Parte de la pista, situada después del umbral, destinada a que los aviones que aterrizan hagan el primer contacto en la pista. (DAR-03 - 04 - 14)
ZONA DE TRANSITO DE AERODROMO (ATZ):
Espacio aéreo de dimensiones definidas establecido alrededor de un aeródromo para la protección del tránsito del aeródromo. (DAR-02 – 11 - 31)
ZONA DESPEJADA DE OBSTACULOS (OFZ):
Espacio aéreo por encima de la superficie de aproximación interna, de las superficies de transición interna, de la superficie de aterrizaje interrumpido y de la parte de la franja limitada por esas superficies, no penetrada por ningún obstáculo fijo, salvo uno de masa ligera montado sobre soportes frangibles necesarios para fines de navegación aérea. (DAR-14)
ZONAS ESPECIALES RESTRINGIDAS:
Zonas determinadas del territorio nacional y espacios aéreos, en los cuales la autoridad aeronáutica podrá prohibir o restringir el vuelo y aterrizaje de aeronaves por razones de seguridad nacional o de carácter militar, tales como regimientos, bases aéreas, polvorines, buques de guerra, puertos, plantas nucleares, hospitales, cárceles y otros. (DAR-15)
ZONA ESTERIL:
Area de un aeródromo, situada entre un Puesto de Control de Seguridad y las aeronaves, cuyo acceso se encuentra restringido y controlado por la Autoridad Aeronáutica. (DAR-17)
ZONA LIBRE DE OBSTACULOS (CWY):
Area rectangular definida en el terreno o en el agua y bajo control de la autoridad aeronáutica, designada o preparada como área adecuada sobre la cual un avión puede efectuar una parte del ascenso inicial hasta una altura especificada. (DAR-04 - 14)
ZONA PELIGROSA:
Espacio aéreo de dimensiones definidas en el cual pueden desplegarse en determinados momentos actividades peligrosas para el vuelo de las aeronaves. (DAR-02 - 04 - 15 - 31)
ZONA PROHIBIDA:
Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de un Estado, dentro del cual está prohibido el vuelo de las aeronaves. (DAR-02 - 04 - 15 - 31)
ZONA RESTRINGIDA:
Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de un Estado, dentro del cual está restringido el vuelo de las aeronaves, de acuerdo con determinadas condiciones especificadas. (DAR-02 - 04 - 15- 31)
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