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Glosario Aeronáutico: C

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CALIDAD:

Todas las características de una entidad que se refieren a su capacidad para satisfacer necesidades establecidas e implícitas. (DAR-15)

CALIDAD DE LOS DATOS:

Grado o nivel de confianza de que los datos proporcionados satisfarán los requisitos del usuario de datos en lo que se refiere a exactitud, resolución e integridad. (DAR-04 –11 - 14 - 15)

CALLE DE RODAJE:

Vía definida en un aeródromo terrestre, establecida para el rodaje de aeronaves y destinada a proporcionar enlace entre una y otra parte del aeródromo, incluyendo:
    a) Calle de acceso al puesto de estacionamiento de aeronave. La parte de una plataforma designada como calle de rodaje y destinada a proporcionar acceso a los puestos de estacionamiento de aeronaves solamente.

    b) Calle de rodaje en la plataforma. La parte de un sistema de calles de rodaje situada en una plataforma y destinada a proporcionar una vía para el rodaje a través de la plataforma.

    c) Calle de salida rápida. Calle de rodaje que se une a una pista en un ángulo agudo y está proyectada de modo que permita a los aviones que aterrizan virar a velocidades mayores que las que se logran en otras calles de rodaje de salida y logrando así que la pista esté ocupada el mínimo tiempo posible. (DAR-02 - 04 - 14)
CALLE DE RODAJE AEREO:

Trayectoria definida sobre la superficie destinada al rodaje aéreo de los helicópteros. (DAR-04 - 14)

CALLE DE RODAJE EN TIERRA PARA HELICOPTEROS:

Calle de rodaje en tierra destinada únicamente a helicópteros. (DAR-14)

CANAL DE FRECUENCIAS:

Porción continua del espectro de frecuencia, apropiada para la transmisión en que se utiliza un tipo determinado de emisión. (DAR-10)

CANAL METEOROLOGICO OPERACIONAL:

Canal del servicio fijo aeronáutico (AFS) para el intercambio de información meteorológica aeronáutica. (DAR-10)

CANDELA (cd):

Es la intensidad luminosa en una dirección perpendicular, de una superficie de 1/600 000 metro cuadrado de un cuerpo negro, a la temperatura de solidificación del platino, a presión de 101 325 newtons por metro cuadrado. (DAR-05)

CAPA DE TRANSICION:

Espacio aéreo entre la altitud de transición y el nivel de transición. (DAR-04)

CAPACIDAD DECLARADA:

Medida de la capacidad del sistema ATC o cualquiera de sus subsistemas o puestos de trabajo para proporcionar servicio a las aeronaves durante el desarrollo de las actividades normales. Considera el número de aeronaves que entran a una porción concreta del espacio aéreo en un período determinado, teniendo debidamente en cuenta las condiciones meteorológicas, la configuración de la dependencia ATC, su personal y equipo disponible, y cualquier otro factor que pueda afectar el volumen de trabajo del controlador responsable del espacio aéreo. (DAR-11)

CARTA AERONAUTICA:

Representación de una porción de la tierra, su relieve y construcciones, diseñada especialmente para satisfacer los requisitos de la navegación aérea. (DAR-04 - 15)

CATEGORIA:

Cuando el término se emplea con referencia a la certificación de aeronaves, significa una clasificación de éstas en base a su utilización y/o limitaciones de operación, los ejemplos incluyen: normal, utilitaria, acrobática, limitada, restringida, transporte, commuter, primaria. (DAR-08)

CATEGORIA DE AERONAVE:

Clasificación de las aeronaves de acuerdo con características básicas especificadas tales como: avión, helicóptero, planeador y aeróstato.(DAR-01)

CATEGORIA DEL VUELO:

Indicación respecto a si las dependencias de los Servicios de Tránsito Aéreo deben conceder o no trato especial a una aeronave dada. (DAR-02 )

CATEGORIA PRIMARIA:

Aeronave con las siguientes características:
    a) Avión propulsado por un sólo motor, de aspiración de aire normal, con una velocidad de stall Vso, máxima, de 61 nudos según la definición del FAR PART 23, sección 23.49, o es un giroavión con limitación de carga del disco del rotor principal de 6 libras por pie cuadrado, (29,3 kg por metro cuadrado), en condiciones de atmósfera estándar a nivel del mar.

    b) Tiene un peso máximo de despegue de 2 700 lb ( 1 225 kg). Tiene una capacidad de asientos máxima de cuatro plazas, incluyendo el piloto. d) No tiene la cabina presurizada. (DAR-08)
CAUSA:

Es toda acción, omisión o acontecimiento, o una combinación de estos factores que provocan el accidente o incidente. (DAR-13)

CELULA:

Cualquier clase de fuselaje, boa, nácela, capotas, empenajes, superficies aerodinámicas fijas y/o móviles, carenados, tren de aterrizaje y todas las partes, accesorios o controles de cualquier descripción que pertenezca a ellos, pero que no incluyen motores de aeronaves ni hélices. (DAR-08)

CENTRO COORDINADOR DE SALVAMENTO (RCC):

Dependencia encargada de promover la adecuada organización del servicio de búsqueda y salvamento y de coordinar la ejecución de las operaciones de ese carácter dentro de una región determinada. (DAR-03 - 11 - 12)

CENTRO DE AVISOS DE CENIZAS VOLCANICAS (VAAC):

Centro meteorológico designado en virtud de un acuerdo regional de navegación aérea para proporcionar a las oficinas de vigilancia meteorológica, centros de control de área, centros de información de vuelo, centros mundiales de pronósticos de área, centros regionales de pronósticos de área pertinentes y bancos internacionales de datos OPMET, información de asesoramiento sobre la extensión lateral y vertical y el movimiento pronosticado de las cenizas volcánicas en la atmósfera después de las erupciones volcánicas. (DAR-03)

CENTRO DE COMUNICACIONES:

Estación Fija Aeronáutica que retransmite tráfico de telecomunicaciones de otras (o a otras) estaciones fijas aeronáuticas conectadas directamente con ella. (DAR-10).

CENTRO DE COMUNICACIONES (AFTN):

Estación de la AFTN cuya función primaria es la retransmisión de tráfico AFTN de otras (o a otras) estaciones AFTN conectadas con ella. (DAR-10)

CENTRO DE CONTROL DE AREA (ACC):

Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito aéreo a los vuelos controlados en las áreas de control bajo su jurisdicción. (DAR-02 - 03 - 11 -15)

CENTRO DE CONTROL DE MISIONES CHILE (CHMCC):

Es el organismo dependiente del Servicio de Búsqueda y Salvamento Aéreo, encargado de proporcionar a los Centros Coordinadores de Salvamento correspondientes, información de alerta de origen satelital, relacionada con eventuales accidentes aéreos, terrestres o marítimos en que exista de por medio el uso de una baliza de emergencia dentro de la jurisdicción asignada por la organización internacional Cospas-Sarsat. (DAR-12)

CENTRO DE INFORMACION DE VUELO (FIC):

Dependencia establecida para facilitar servicio de información de vuelo y servicio de alerta. (DAR-02 - 03 - 06 - 11 - 15)

CENTRO DE MANTENIMIENTO:

Organismo tal como maestranza, taller, centro de reparación, laboratorio, etc. aprobado por la DGAC, para efectuar trabajos técnicos en material aeronáutico o parte del mismo. Comprende el personal, equipos, herramientas, instalaciones, documentación técnica y los procedimientos escritos de ejecución de dichos trabajos. (DAR-01)

CENTRO METEOROLOGICO REGIONAL (C.M.R.):

Dependencia encargada de efectuar y emitir pronósticos y análisis a escala regional, que cumple además funciones de Vigilancia Meteorológica para su respectiva Región de Información de vuelo (FIR). (DAR-03)

CENTRO MUNDIAL DE PRONOSTICOS DE AREA (WAFC):

Centro Meteorológico designado para preparar y proporcionar pronósticos en altitud en forma digital o gráfica a escala mundial a los centros meteorológicos de los distintos países. (DAR-03)

CENTRO NACIONAL DE ANALISIS Y PRONOSTICOS (C.N.A.):

Organismo de la Dirección Meteorológica de Chile encargado de elaborar y difundir a los usuarios, información meteorológica procesada. (DAR-03)

CERTIFICADO DE ACREDITACION DE SALUD:

Es el documento mediante el cual la autoridad aeronáutica acredita que el estado de salud del postulante a una licencia aeronáutica cumple con el nivel de requisitos exigidos para su otorgamiento, teniendo a la vista la certificación médica o el dictamen del Comité Mixto Médico-Operativo, según el caso (DAR-01)

CERTIFICADO DE AERONAVEGABILIDAD:

Documento público de carácter técnico, mediante el cual la autoridad aeronáutica competente o extranjera acredita, que a la fecha de su otorgamiento la aeronave que dicho certificado respalda, está apta para su utilización en las condiciones asociadas a su categoría y clasificación y de acuerdo a las limitaciones establecidas en su certificado de tipo. (DAR-08)

CERTIFICADO DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AEREOS (ATO) (AOC):

Documento con el cual se autoriza a una empresa aérea a realizar determinadas operaciones de transporte aéreo comercial o trabajos aéreos. (DAR-06)

CERTIFICADO DE PRODUCCION:

Documento mediante el cual la autoridad aeronáutica competente, acredita que a la fecha de su otorgamiento la persona titular de un Certificado Tipo o Certificado Tipo Suplementario para un producto aeronáutico, está apta para duplicar y fabricar en serie dicho producto, por haber aprobado la DGAC su sistema de producción. El titular puede fabricar estos elementos presentándolos para certificación de aeronavegabilidad o para aprobación de su instalación en productos certificados, sin trámites adicionales ante la DGAC. (DAR-08)

CERTIFICADO MEDICO:

Documento que certifica la aptitud física y mental del postulante, otorgado conforme a las disposiciones reglamentarias respectivas, por médicos o entidades médicas que están facultadas para ello, por la autoridad otorgadora de licencias. (DAR-01)

CERTIFICAR LA AERONAVEGABILIDAD:

Certificar que una aeronave o partes de la misma se ajustan a los requisitos de aeronavegabilidad vigentes, después de haber efectuado el mantenimiento de la aeronave o de partes de la misma. (DAR-01)

CERTIFICAR LA VUELTA AL SERVICIO:

Certificar luego de verificada) la) conformidad de mantenimiento, que una aeronave o parte de la misma se ajusta a los requisitos de aeronavegabilidad vigentes, después de cumplido el mantenimiento o algún trabajo técnico aeronáutico y que la aeronave está en condiciones de operar con seguridad. (DAR-01 –06 - 08)

CINTA DE TELEIMPRESOR:

Cinta en la cual se registran señales en código asincrónico de 5 unidades, mediante perforaciones o semiperforaciones para su transmisión por circuitos de teleimpresor. (DAR-10)

CIRCUITO:

Sistema de comunicación que incluye todos los canales director de la AFTN entre dos puntos. (DAR-10)

CIRCUITO DE LA RED DE TELECOMUNICACIONES FIJAS AERONAUTICAS:

Circuito que forma parte de la Red de Telecomunicaciones Fijas Aeronáuticas AFTN. (DAR-10)

CIRCUITO DE TRANSITO DE AERODROMO:

Trayectoria especificada que deben seguir las aeronaves al evolucionar en las inmediaciones de un aeródromo (DAR-04)

CIRCUITO FIJO AERONAUTICO:

Circuito que forma parte del servicio fijo aeronáutico. (DAR-10)

CIRCUITO ORAL DIRECTO ATS:

Circuito telefónico del Servicio Fijo Aeronáutico, para el intercambio inmediato de información entre las dependencias de los servicios de tránsito aéreo. (DAR-10)
CIRCULAR AERONAUTICA (DAC):

Publicación de la Dirección General de Aeronáutica Civil que instruye, informa o clarifica respecto de materias relativas a la seguridad del vuelo u otros asuntos de carácter operativo, técnico o administrativo dirigida a los usuarios y a los organismos en los que la Dirección General tenga ingerencia. (DAR-11)

CIRCULAR DE INFORMACION AERONAUTICA (AIC):

Aviso que contiene información que no requiera la iniciación de un NOTAM ni la inclusión en las AIP, pero relacionada con la seguridad de vuelo, la navegación aérea, o asuntos de carácter técnico, administrativo o legislativo. (DAR-15)

CLASES DE ESPACIO AEREO DE LOS SERVICIOS DE TRANSITO AEREO:

Partes del espacio aéreo de dimensiones definidas designadas alfabéticamente, dentro de las cuales pueden realizarse tipos de vuelos específicos y para las que se especifican los servicios de tránsito aéreo y las reglas de operación. El espacio aéreo ATS que se utiliza en Chile se clasifica en A, B, C, D, E y G, como se presenta en el Apéndice “B” del Reglamento Servicio de Tránsito Aéreo ( DAR-11). (DAR-02 - 04 - 11)

COBERTURA:

La cobertura proporcionada por un sistema de radionavegación es el área de la superficie o el volumen del espacio en los que las señales son adecuadas para que los usuarios puedan determinar la posición con un nivel especificado de exactitud. Influyen en la cobertura la geometría del sistema, los niveles de potencia de la señal, la sensibilidad del receptor, las condiciones de ruido atmosférico y otros factores que afectan en la disponibilidad de señales. (DAP-08 13)

CODIGO DE IMPULSO:

Método para distinguir entre los modos W,X,Y y Z y entre los modos FA e IA. (DAR-10)

CODIGO NOTAM:

Código que permite el cifrado de informes relativos al establecimiento, estado o modificación de las radioayudas, aeródromos e instalaciones de iluminación, peligro a que están sujetas las aeronaves durante el vuelo y medios de búsqueda y salvamento. (DAR-15)

COEFICIENTE DE UTILIZACION:

El porcentaje de tiempo durante el cual el uso de una pista o sistema de pistas no está limitado por la componente transversal del viento (DAR-14)

COHETE NO TRIPULADO:

Artificio de uno o más cuerpos que se mueven en el aire por propulsión a chorro con fines científicos u otros. (DAR-31)

COMANDANTE DE LA AERONAVE:

Es el piloto al mando designado por el explotador, para cada operación aérea. (DAR-06)

COMETA:

Artefacto formado por una armazón de varillas y tela o papel que se mantiene en el aire sujeta por una cuerda. (DAR-31)

COMITE MIXTO MEDICO OPERATIVO (CMMO):

Comité técnico asesor de la autoridad aeronáutica constituido por expertos designados por dicha autoridad e integrado por uno o más profesionales de medicina de aviación y especialistas de las áreas de operaciones aeronáuticas o de ingeniería aeronáutica, según corresponda, con el objeto de estudiar, dictaminar y hacer el seguimiento de casos de postulantes a obtener, renovar o revalidar licencias aeronáuticas y cuya evaluación médica evidencia déficit en alcanzar un determinado requisito psíquico o físico, demostrando en la actividad aeronáutica específica que realiza que su desempeño global, compensación de dicho déficit y resultado operativo, le permite desarrollarla sin afectar la seguridad. (DAR-01)

COMPONENTE:

Cualquier instrumento, mecanismo, equipo, parte, aparato, dispositivo o parte unitaria e integrante de un producto aeronáutico,, incluyendo equipo de comunicaciones que es usado o se desea usar en operación o control de la aeronave en vuelo, que es instalado o unido a una aeronave. (DAR-01 - 08)

COMPONENTE TRANSVERSAL DEL VIENTO:

Componente del viento en la superficie, perpendicular al eje de la pista. (DAR-14)

COMPROBACION AUTONOMA DE LA INTEGRIDAD EN EL RECEPTOR (RAIM):

Técnica mediante la cual un receptor / procesador GPS de a bordo comprueba de manera autónoma la integridad de las señales de navegación provenientes de los satélites GPS. (DAP-08 13)

COMUNICACION AEROTERRESTRE:

Comunicación en ambos sentidos entre las aeronaves y las estaciones o posiciones situadas en la superficie de la tierra. (DAR- 10 - 11)

COMUNICACION AIRE-AIRE:

Comunicación en ambos sentidos aire-aire, interpiloto. (DAR-10)

COMUNICACION AIRE A TIERRA:

Comunicación en un solo sentido, de las aeronaves a las estaciones o posiciones situadas en la superficie de la tierra. (DAR-10)

COMUNICACION DEL CONTROL DE OPERACIONES:

Comunicaciones para el intercambio de mensajes entre las aeronaves y las empresas explotadoras, necesarias para ejercer autoridad respecto a la iniciación, continuación, desviación, o terminación de un vuelo, e interés de la regularidad y eficiencia del mismo y de la seguridad de la aeronave. (DAR-10)

COMUNICACION FUERA DE RED:

Comunicaciones radiotelefónicas efectuadas por una estación del Servicio Móvil Aeronáutico, distintas de las realizadas como parte de la red radiotelefónica. (DAR-10)

COMUNICACION TIERRA A AIRE:

Comunicación en un solo sentido, de las estaciones o lugares situados en la superficie de la tierra, a las aeronaves. (DAR-10)

COMUNICACIONES "EN CONFERENCIA":

Instalaciones de comunicaciones por las que se pueden llevar a cabo comunicaciones orales directas entre tres o más lugares simultáneamente. (DAR-11)

COMUNICACIONES IMPRESAS:

Comunicaciones que facilitan automáticamente en cada una de las terminales de un circuito, una constancia impresa de todos los mensajes que pasan por dicho circuito. (DAR-11)

COMUNICACIONES POR ENLACE DE DATOS:

Forma de comunicación destinada al intercambio de mensajes mediante enlace de datos. (DAR-02 - 11)

COMUNICACIONES POR ENLACE DE DATOS CONTROLADOR-PILOTO (CPDLC):

Comunicación entre el controlador y el piloto por medio de enlace de datos para las comunicaciones ATC.

CONDICIONES METEOROLOGICAS DE VUELO POR INSTRUMENTOS (IMC):

Condiciones meteorológicas expresadas en términos de visibilidad, distancia desde las nubes y techo de nubes, inferiores a los mínimos especificados para las condiciones meteorológicas de vuelo visual. (DAR-02 – 06 - 11)

CONDICIONES METEOROLOGICAS DE VUELO VISUAL (VMC):

Condiciones meteorológicas expresadas en términos de visibilidad, distancia desde las nubes y techo de nubes, iguales o mejores que los mínimos especificados. (DAR- 02 - 06 - 11)

CONFIRMACION:

Procedimiento por el cual la estación receptora repite un mensaje recibido o una parte apropiada del mismo a la estación transmisora con el fin de obtener confirmación de que la recepción ha sido correcta. (DAR-10)

CONFORMIDAD DE MANTENIMIENTO:

Certificar que todos los trabajos de inspección, a los que se refiere se han completado satisfactoriamente, de acuerdo con los métodos prescritos por normas y procedimientos aprobados y conforme al Manual de Centro de Mantenimiento. (DAR-01- 06)

CONSTRUCCIONES:

Obras realizadas por la superficie terrestre por el hombre, tales como ciudades, ferrocarriles, canales, etc. (DAR-04)

CONSULTA:

Discusión con un meteorólogo o con una persona calificada sobre las condiciones meteorológicas existentes o previstas relativas a las operaciones de vuelo, la discusión incluye respuestas a preguntas. (DAR-03)

CONTINUIDAD DE SERVICIO DEL ILS:

Propiedad relacionada con la escasa frecuencia de interrupciones de la señal radiada. El nivel de continuidad de servicio del localizador o de la trayectoria de planeo se expresa en función de la probabilidad de que no se pierdan las señales de guía radiadas. (DAR-10)

CONTRATO ADS:

Medio que permite al sistema de tierra y a la aeronave establecer las condiciones de un acuerdo ADS, en el cual se indican las condiciones en que han de iniciarse los informes ADS, así como los datos que deben figurar en los mismos. (DAR-02)

CONTROL DE CALIDAD:

Técnicas operacionales y actividades utilizadas para cumplimentar los requisitos de calidad. (DAR-15)

CONTROL DE OPERACIONES:

La autoridad ejercida respecto a la iniciación, continuación, desviación o terminación de un vuelo en interés de la seguridad de la aeronave y de la regularidad y eficacia del vuelo. (DAR-06)

CONTROL DE SEGURIDAD:

Medios para evitar que se introduzcan armas, explosivos o artículos que pudieren utilizarse para cometer actos de interferencia ilícita. (DAR-17)

CONTROLADOR DE TRANSITO AEREO HABILITADO:

Persona especializada en control de tránsito aéreo, titular de licencia y de habilitaciones válidas, apropiadas para el ejercicio de sus atribuciones. (DAR-01)

CONVALIDAR (una licencia):

Acto por el cual la Autoridad Aeronáutica reconoce como válida en Chile la Licencia o Habilitación otorgada en otro país. (DAR-01)

COOPERACION DE LA TRIPULACION (CRM):

Actuación de los miembros de la tripulación como un equipo que coopera bajo la dirección del piloto al mando. (DAR-01)

COPILOTO:

Piloto titular de una licencia y habilitación correspondientes, que presta servicio de pilotaje sin estar al mando de una aeronave, a excepción del piloto que vaya a bordo de la aeronave con el único fin de recibir instrucción de vuelo. (DAR-01 - 06)

CULOMBIO (C):

Es la cantidad de electricidad transportada en 1 segundo por una corriente de 1 ampere. (DAR-05)

CREDENCIAL:

Documento otorgado por la Autoridad Aeronáutica, a quienes requieren autorización para tener acceso a los Aeropuertos y Aeródromos o a cualquiera otra parte restringida de los mismos, y que acredita autorización para circular exclusivamente dentro de las zonas aeroportuarias que señala. Es válido sólo en el Aeropuerto o Aeródromo que la expide, no acredita identidad ni tiene validez legal fuera del ámbito que controla la Dirección General. (DAR-17)

CREPUSCULO CIVIL:

Es el lapso crepuscular que precede a la salida del sol (Crepúsculo Civil Matutino) y el que sigue desde que éste se pone hasta que es de noche (Crepúsculo Civil Vespertino). Comienza el Crepúsculo Civil Matutino y termina el Crepúsculo Civil Vespertino, cuando el centro del disco solar está a seis grados por debajo del horizonte verdadero. (DAR-02 – 06 -15)
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