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Empresas de Trabajos Aéreos
1. ¿Puede una aeronave con matrícula privada efectuar trabajos aéreos?
Si, las aeronaves con matrícula privada pueden efectuar trabajos aéreos, siempre y cuando éstos no se realicen con fines de lucro.
2. ¿Quién autoriza los trabajos aéreos de las aeronaves privadas?
El interesado debe obtener previamente una autorización de la Junta de Aeronáutica Civil (www.jac-chile.cl) y cumplir con los requisitos de orden técnico establecidos por la DGAC y que se encuentran indicados en el DAR 06 (pdf 495Kb) "Reglamento Operación de Aeronaves" Volumen IV.
3. ¿Las aeronaves de trabajos aéreos pueden aterrizar en cualquier lugar?
Si, siempre que cumplan con los requerimientos de emplazamientos eventuales establecidos en el DAR 06 (pdf 495Kb), Volumen IV "Trabajos Aéreos".
4. ¿Las aeronaves de trabajos aéreos deben poseer algún tipo de seguro?
Todas las aeronaves de Trabajos Aéreos, no importando su peso, deben contar con el "Seguro de Responsabilidad Civil para Terceros en Superficie" vigente, el cual debe ser obtenido en la Junta de Aeronáutica Civil (JAC).
5. ¿Las aeronaves de trabajos aéreos pueden transportar pasajeros?
No, no pueden transportar pasajeros en forma remunerada. Sólo están autorizadas las personas que tienen directa relación con el trabajo aéreo a ejecutar, tales como observadores aéreos, fotógrafos, mecánicos, etc.
6. ¿Se pueden autorizar trabajos aéreos sobre ciudades?
Si, para lo cual las empresas deben obtener un permiso de parte de la autoridad aeronáutica (Dirección de Aeródromos y Servicios Aeronáuticos, DASA).
7. ¿Pueden aterrizar los helicópteros de trabajos aéreos en cualquier parte de la ciudad?
Si, para lo cual deben obtener un permiso del propietario del lugar y presentar los antecedentes técnicos a la DGAC y las medidas de seguridad correspondiente para su aprobación.
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Empresas de Transporte Aéreo
1. ¿Cuándo la DGAC aprueba las Especificaciones Operativas?
Cuando se compruebe la capacidad técnica de la Empresa y de sus medios, para efectuar en forma segura las operaciones aéreas respectivas.
2. ¿En qué casos las Empresas Aéreas deben solicitar la aprobación de las enmiendas a las "Especificaciones Operativas"?
- Cuando habiendo obtenido la aprobación de determinadas Especificaciones Operativas, quisieren extender o modificar rutas o bien variar la marca y/o modelo del material de vuelo que utilizan.
- Cuando deseen comenzar una serie de vuelos que puedan considerarse un Servicio de Transporte aéreo no regular o eventual.
- Cuando hubiere transcurrido más de un año contado desde la fecha de aprobación de sus Especificaciones Operativas.
3. ¿Con qué anticipación se deben entregar las Especificaciones operativas a la DGAC?
Las especificaciones deben ser firmadas por el representante legal o Gerente de Operaciones de la empresa aérea y entregadas a la DGAC con 60 días de anticipación a la fecha propuesta para iniciar actividades, comenzar operaciones en nueva ruta u operar con distinto material de vuelo; para su aprobación según corresponda.
4. ¿Puede una empresa chilena utilizar en sus operaciones una aeronave con matrícula extranjera?
Si, siempre y cuando el propietario haya transferido la calidad de explotación de dicha aeronave a la empresa nacional, por medio de un contrato de arriendo aprobado por la DGAC.
5. ¿Puedo contratar aeronaves extranjeras para hacer vuelos charter?
Si, siempre y cuando se constituya como empresa aérea nacional y obtenga la Autorización Técnica Operativa (ATO) correspondiente.
Aviación Deportiva
1. ¿Cómo se puede formar un Club Aéreo?
Creando una corporación de derecho privado con la finalidad de la práctica deportiva y el uso y fomento de la navegación aérea en todas sus formas.
2. ¿Cómo se puede acceder a ejercer una actividad en la aviación deportiva?
Esta actividad se puede ejercer a través de clubes y escuelas de instrucción.
3. ¿Es importante la meteorología para las actividades de aviación deportiva?
Si, es muy importante dado que la mayoría de esta actividad deportiva se realiza dependiendo de los fenómenos atmosféricos que se realizan a bajas altitudes, tales como volovelismo, parapente, ultraliviano, paracaidismo, alas delta, aeromodelismo, etc.
4. ¿Cuál es el valor aproximado de un curso de vuelo de piloto privado avión?
Aproximadamente dos millones de pesos.
Prevención de Accidentes (PREVAC)
1. ¿Se publican los accidentes de aviación?
Si, se publican resúmenes de algunos accidentes de aviación en los boletines de Seguridad Aérea y son difundidos a los Clubes Aéreos y Escuelas de Vuelo, por lo tanto están disponibles a los usuarios.
2. ¿Por qué se demoran tanto las investigaciones de accidentes de aviación en estar concluidas?
La demora de una investigación de accidente de aviación, reflejadas en el Informe Final de la misma, se debe a la acuciosidad con que se manejan y está en directa relación con la complejidad del suceso y los peritajes asociados, pudiendo estar concluída en 90, 120, 180 días o más.
3. ¿La DGAC tiene implementado planes o programas de seguridad en los cuales se pueda participar?
Si, la DGAC tiene implementadas diversas actividades y los usuarios son invitados desde ya a participar y colaborar con los mismos; nunca olvide que los responsables de la seguridad somos todos.
4. ¿Se puede evitar realmente un accidente de aviación o todo es cuestión de suerte?
Si, "todo accidente es evitable", se pueden evitar y la experiencia acumulada en 100 años de vida de la aviación, a demostrado que el respeto a la Reglamentación Vigente y el reconocer que el ser humano comete errores, son los principios básicos de la prevención.
5. Si observo algún suceso que puede afectar la Seguridad, ¿Cómo lo hago saber a la DGAC?
En todos los aeródromos existe un Informe de Peligro Operacional (IPO), el cual puede ser llenado por Ud., y nosotros lo procesaremos, informándole las medidas tomadas o simplemente marque el teléfono 4107491 y avísenos.
6. ¿Cuál es el espíritu de una investigación de incidentes o accidentes de aviación?
Establecer las causas del mismo y tomar acciones, para evitar la repetición de los hechos, lo que denominamos prevención.
7. Se dice que a la DGAC sólo le interesa castigar a los pilotos...
La DGAC, no esta interesada en castigar a ningún piloto, de ahí su frase "errores si, transgresiones no".
Consultas:
Subdirección de Operaciones, Miguel Claro 1314, Providencia, Santiago (Ver Mapa). Fono: (56) 02-4107300, Fax: (56) 02-2257155 Dirección Postal: Apartado 3, Correo 9, Providencia, Santiago Email: Contacto Horario de atención: De lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas.
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