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Certificados de Aeronaves
Registro Nac. de Aeronaves
Centro Mantto. Aeron. (CMA)
Boletines de Seguridad Operacional
Certificado para el Funcionamiento de Centros de Mantenimiento Aeronáutico (C.M.A.)

Centro Mantenimiento Aeronáutico CMA
Descripción:

Establece los procedimiento generales para la certificación de un CMA nacional o para obtener el reconocimiento de la DGAC de Chile de una organización de mantenimiento extranjera (CMAE).

Requisitos y documentación requerida:

Para que el solicitante pueda obtener la correspondiente autorización para efectuar trabajos técnicos aeronáuticos en aeronaves registradas en Chile o en sus motores, hélices, sistemas o componentes, deberá cumplir con lo siguiente:
  • Si la Organización es un Club Aéreo, proceder de acuerdo a lo establecido en el DAP 08-03 (pdf 127 Kb)(párrafo 1).
  • Presentar ante la DGAC (Subdepartamento Aeronavegabilidad o Subdepartamento Transporte Público según corresponda) un ejemplar del Manual de Procedimientos de Mantenimiento MPM, elaborado de acuerdo a lo establecido en el DAP 08 16 (pdf 508Kb).
  • Ser sometido a una inspección por parte de Inspectores de Aeronavegabilidad, en la cual se comprobará entre otras materias, lo siguiente:

      1. Capacidades para efectuar mantenimiento según el nivel de autorización solicitado, en relación al personal técnico, instalaciones, equipos y herramientas, información técnica, procedimientos de trabajo y registros de mantenimiento.
      2. El sistema de Control de Calidad establecido en su MPM.

  • Las organizaciones de mantemiento extranjeras que soliciten el reconocimiento como Centro de Mantemiento Extranjero (CMAE), deberán presentar lo siguiente:

      1. Una copia de su certificado de aprobación otorgado por su respectiva autoridad aeronáutica con sus correspondientes habilitaciones.
      2. Una copia del Manual de procedimientos de Inspección o su equivalente, aceptado o aprobado por su autoridad aeronáutica, escrito en español o inglés.
      3. Lista del Personal Directivo y de Control de Calidad, con sus calificaciones y licencias.
      4. Carta solicitando el reconocimiento indicado claramente las habilitaciones que requieren sean reconocidas y señalando que los costos que involucre este proceso, serán absorbidos por el CMAE solicitante.
      5. Carta de un operador chileno que requiera utilizar los servicios de este CMAE, indicando en detalle los trabajos pretendidos.
Precios:

Los costos derivados de la obtención de estos certificados, se encuentran en el Reglamento de Tasas y Derechos Aeronáuticos (Ver Tarifario).

En forma adicional a las tasas por concepto de la emisión del certificado, el solicitante deberá absorber los costos derivados de la inspección, actividad que constituye requisito para la obtención de la correspondiente aprobación o reconocimiento del Centro de Mantenimiento Aeronáutico nacional o extranjero, respectivamente.

Un certificado a un CMA nacional, tendrá vigencia desde la fecha de otorgamiento hasta que el CMA renuncie a él o la DGAC lo suspenda o cancele.

Este certificado se mantendrá válido mientras el CMA cumpla con las normas técnicas y reglamentarias establecidas para esta actividad y mantenga los requisitos técnicos exigidos según la autorización otorgada.

El certificado de reconocimiento de un CMA extranjero, tendrá una vigencia de 12 meses, renovable por igual periodo.
Este certificado se mantendrá válido mientras el CMAE mantenga vigente la certificación de la autoridad aeronáutica y mantenga ante la DGAC actualizada la información requerida para obtener su primer otorgamiento.

Tiempo estimado del proceso de obtención del certificado correspondiente:

Una vez recibida la totalidad de los antecedentes especificados en los procedimientos, se establece un plazo máximo de 15 días hábiles para la emisión del certificado de aprobación o de reconocimiento, según corresponda.


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Generalidades:

Las solicitudes para la primera certificación de un CMA nacional así como la solicitud de reconocimiento y de renovación de un CMA Extranjero, deben ser dirigidas a las oficinas del Subdepartamento de Aeronavegabilidad o Subdepartamento Transporte Público, según corresponda.

Las solicitudes de: Ampliación de las habilitaciones y las modificaciones o actualizaciones del MPM, deberán ser presentadas directamente en la correspondiente Oficina Zonal de Aeronavegabilidad DAC 08 00 01.

Lugar y Horario de Atención:
 

 

Subdepartamento Transporte Público, Omar Page 2075, Aeropuerto Arturo Merino Benitez, Pudahuel, Santiago (Ver Mapa).
Fono: (56) 2-4363175, Fax: (56) 2-4363773
Dirección Postal: Casilla 46, Aeropuerto Arturo Merino Benitez, Santiago
E-mail: Contacto
Horario de atención: De lunes a jueves de 8:00 a 17:00 horas, viernes de 8:00 a 16:00 hrs.



Subdepartamento de Aeronavegabilidad (SDA),Sección Aeronavegabilidad, Miguel Claro 1314, Providencia (Ver Mapa)
Fono: (56) 2-4392676 Fax: (56) 2-4368139
Correo electrónico:Contacto
Horario de atención: De lunes a jueves entre 08:45 y 17:15 horas. Viernes entre 08:45 y 16:15 horas.

Publicado:14-Jun-2006
Última Actualización:17-Marzo-2009
Revisión:N/D

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