ACTUALIZACIÓN SOBRE EL REGISTRO DE NUEVOS RPA Y LA REGULARIZACIÓN DE LOS REGISTROS PROVISORIOS DE RPAS o DRONES

Con la finalidad de simplificar el proceso de registro de RPA, esta DGAC introdujo ciertos cambios en la Normativa Aeronáutica DAN 151. En términos generales, el nuevo procedimiento no incluye la inspección física del RPA, y el registro se basa en la información que entrega el usuario, principalmente a través del apéndice B de la DAN 151. La última revisión de la DAN 151 no hace obligatorio la firma ante notario del apéndice B, y la documentación puede ser remitida a la DGAC mediante correo electrónico.

A continuación, presentamos el procedimiento para el registro de nuevos RPA y para regularizar los registros provisorios entregados hasta el 12 de octubre de 2022.

Procedimiento de Registro / Última actualización 30 junio 2023 (+)

Solicitud de Registro Interactivo (+)

Tarifario DGAC (+)

Ante cualquier consulta sobre este procedimiento, contactarse con: Patricio Plasser del Subdepartamento Aeronavegabilidad – Departamento Seguridad Operacional (DSO) de la DGAC al correo: pplasser@dgac.gob.cl o al teléfono: 22439 2692  

Finalmente, para el vuelo de un RPA o drone en Chile, dependiendo del tipo de operación y según el propósito de uso, un interesado en volar RPA deberá cumplir los requisitos y procedimientos establecidos por la Normativa Aeronáutica DAN 151 si desea realizar operaciones para asuntos de interés público en áreas pobladas, o bien aquellos que establece la Normativa Aeronáutica DAN 91 para realizar operaciones en sobre áreas no pobladas.

Actualización junio 2023





Última actualización: 30 de Junio de 2023