Seguridad en Aeropuertos
La Dirección General de Aeronáutica Civil es la autoridad responsable en materias de seguridad de la aviación civil en el territorio nacional y en el caso de aeropuertos y aeródromos establece las medidas y procedimientos a ser aplicados tanto en tierra como en vuelo para resguardar y proteger aeronaves, pasajeros, carga, correo y suministros.
Los Servicios de Seguridad Aeroportuaria (AVSEC), se prestan en todos los aeropuertos y aeródromos del país donde se realizan operaciones de transporte público, los cuales se ejecutan de acuerdo a la normativa de la OACI.
- La revisión de pasajeros y equipajes, tanto de mano como facturado.
- El control de ingreso y circulación de personas y vehículos a los recintos aeroportuarios.
- La fiscalización del transporte de mercancía peligrosa y la documentación correspondiente.
Para garantizar un vuelo seguro a todos los pasajeros y el crecimiento del tráfico de pasajeros en el país, ha precisado crear nuevos accesos y duplicar el equipamiento de control.
Medidas de seguridad implementadas por la DGAC
- Stage one, moderno sistema de revisión de equipaje único en Latinoamérica. El sistema permite detectar entre bolsos y maletas de los pasajeros cualquier elemento prohibido para un vuelo con un alto nivel de velocidad y fiabilidad, este mecanismo permite pasar de una revisión actual de 3.750 a 6.000 bultos por hora.
- Constante capacitación del personal AVSEC (Servicios de Seguridad Aeroportuaria)
- Inspección de Rayos X, tanto de equipaje facturado como de carga y correo
- Inspecciones a las aeronaves, plataformas y bodegas de aceptación de cargaPróximas medidas
- Acreditación y certificación de las agencias de carga: requisito exigido por la OACI, en el anexo 17, lo que permitirá tener un registro, control y certificación de todos los expedidores de carga.
- Certificación de embalajes: esta medida posibilitará una efectiva unión entre tres elementos claves para el comercio aéreo, la aeronave, la carga y su correspondiente embalaje.
Líneas Aéreas
- Las líneas aéreas pueden rehusar o condicionar el transporte de aquellos pasajeros cuyo estado o condición constituyere un peligro para la seguridad, higiene o buen orden a bordo, o cuando éste requiriere cualquier atención o cuidado a bordo
Última actualización: 24 de Julio de 2023