PLAZO PARA EL PAGO DE TOA Y FUNAER

El 31 de enero próximo vence el plazo para hacer efectivo el pago de la Tasa Operacional Anual (TOA) y la Tasa de Funcionamiento de Aeródromos (FUNAER).

Los propietarios y operadores de aeronaves comerciales y particulares, además de los administradores de aeródromos y helipuertos privados de uso público o particular, deben realizar el pago oportuno de las tasas para poder seguir operando el año 2018.

El pago de estas tasas habilita el uso de los Aeródromos Públicoscualquiera sea el número de operaciones que se realicen dentro del año, cubre los servicios de aterrizaje y estacionamiento, así como de ayuda y protección al vuelo. Sin embargo, no incluye el uso de iluminación de pista en los aeródromos dependientes de la DGAC, por lo cual, es necesario cancelar este servicio cada vez que sea utilizado.

Es importante recordar que según lo establecido en el Art. 30° del Reglamento de Tasas y Derechos Aeronáuticos DAR 50, el no pago en la fecha indicada será causa suficiente para dejar fuera de vuelo a la aeronave en mora.

Aquellas aeronaves de matrícula chilena, cuyo peso sea igual o inferior a 5.700 kilogramos y que se encuentren fuera de vuelo, deberán ser informadas al Subdepartamento de Comercialización, Sección Tasas Aeronáuticas (contacto al final de la nota), a fin de dejar exento de pago el año correspondiente.

Por otra parte, los propietarios y administradores de aeródromos y/o helipuertos privados, también deberán pagar la Tasa de Funcionamiento de Aeródromos (FUNAER), en los plazos estipulados a fin de evitar la suspensión de su autorización de funcionamiento y el cobro judicial o extrajudicial de la deuda.

Para más consultas comunicarse con:

Claudia Valdés (56-2) 24392330          E-mail: cvaldes@dgac.gob.cl

Tatiana Fonseca (56-2) 24392647        E-mail tfonseca@dgac.gob.cl

O dirigirse al Departamento Comercial, ubicado en Avenida Miguel Claro 1314 comuna de Providencia.





Última actualización: 21 de Diciembre de 2017