PREGUNTAS FRECUENTES DEPARTAMENTO COMERCIAL

AIP Y PUBLICACIONES

¿Cómo puedo comprar un AIP u otra publicación?

Los AIP, como asimismo sus respectivas enmiendas se encuentran solo disponibles en formato digital, cuyo acceso y descarga son gratuitos, visite nuestra página web https://aipchile.dgac.gob.cl/index.php

Para consultas comuníquese con aischile@dgac.gob.cl.

¿Cuánto dura la suscripción de un AIP?

No hay suscripción, es de libre acceso a través de la página web.

¿Cómo puedo renovar un AIP?

No hay renovación, puede acceder libremente a través de la página web.

¿Puedo consultar alguna norma aeronáutica en la página web y cuanto debo pagar?

Toda nuestra normativa actualizada se encuentra disponible en forma gratuita, para su consulta y descarga en https://www.dgac.gob.cl/dgac/normativas

¿Cómo puedo comprar material de apoyo aeronáutico?

La DGAC dispone de Bitácoras Personales de Vuelo, Bitácoras de Aeronaves (Libro de Vuelo), Bitácoras de Mantenimiento y Manuales de Meteorología Aeronáutica.

Para su compra contáctese a ventas@dgac.gob.cl, posteriormente se le informará su disponibilidad, precio y forma de pago.

La entrega es mediante despacho por correo externo o a través de nuestras oficinas comerciales de la red aeroportuaria del país.

¿Cuáles son sus precios?

Se encuentran establecidos en nuestro tarifario   https://www.dgac.gob.cl/wp-content/uploads/2026/07/Resolucion-3er-Trimestre-2026.pdf  ART. 40° al 42° BIS CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES/Bitácoras y ART. 46° BIS. PUBLICACIONES.  Estos precios le serán confirmados cuando solicite su adquisición.

¿Cómo puedo solicitar y pagar un certificado de altura?

A través de ésta misma página web, use la opción https://www.dgac.gob.cl/certificaciones/cert-altura-mastil-de-antena/

¿Cuáles son sus costos?

Se pueden ver en nuestro tarifario https://www.dgac.gob.cl/certificaciones/cert-altura-mastil-de-antena/ Art. 45 ESTUDIOS Y CERTIFICACIONES DE AERÓDROMOS

TARIFAS

¿Dónde se establecen las tasas y derechos que cobra la DGAC?

En el reglamento de Tasas y Derechos Aeronáuticos denominado DAR 50.

La versión del reglamento para los valores expresados en pesos contiene valores que provienen del primer semestre del 2002, éstos se actualizan trimestralmente y se publican en un tarifario:

www.dgac.gob.cl/dgac/Usuarios/tarifario

¿Por qué pago la tasa de embarque? 

La tasa de embarque se paga por el uso de las instalaciones, servicios y facilidades de los terminales aéreos, distinguiendo el valor si el destino del vuelo es nacional o internacional.

¿Cuánto se paga por tasa de embarque en Chile?

Los valores para vuelos nacionales e internacionales se encuentran publicados en www.dgac.gob.cl/dgac/Usuarios/tarifario (​​ver en Tarifario Nacional Art. 60).

¿Por qué en el caso de los vuelos con destino internacional la Empresa Aérea o Agencia de Viaje cobra tasas superiores a los US$25?

La tasa aeronáutica que cobra la DGAC es de US$ 25, cualquier cobro superior deberá ser consultado en el lugar donde fue adquirido el pasaje.

¿A quién se debe solicitar el reembolso de lo pagado por tasa de embarque, en el caso de no viajar?

El reembolso deberá ser requerido en el lugar donde fue adquirido el pasaje, lo anterior de acuerdo a lo establecido en el art. 133°, letra c) del Código Aeronáutico.

¿Quiénes están exentos de pagar tasas de embarque?

Se encuentran exentos los infantes menores de dos años, los pasajeros en tránsito, los diplomáticos y sus familiares acreditados, cuyos países otorguen similar franquicia a los diplomáticos chilenos, según lo determine el Ministerio de Relaciones Exteriores y delegados que asistan a reuniones de carácter internacional que se realicen en el país, a las que concurran Jefes de Estado y de Gobierno; y los pasajeros que embarquen en vuelos de trabajos aéreos, por parte de aquellas personas que deban viajar a bordo de la aeronave, para realizar un trabajo específico.Lo anterior según lo establecido en el art. 60, letra d) y e) del Reglamento de Tasas y Derechos Aeronáuticos (DAR-50).

¿Qué tasas deben pagar las aeronaves por operar en los aeródromos chilenos?Por la operación de las aeronaves en los aeródromos públicos de dominio fiscal o en aquellos en que la DGAC preste servicios, las tasas son las siguientes:

1.- Para aeronaves que pesan sobre 5.7 toneladas de peso máximo de despegue:

• Tasa de aterrizaje.

• Tasa estacionamiento.

• Tasa ILS.

• Tasa por iluminación.

• Tasa por Servicio en Ruta.

• Tasa por uso Puente de Embarque.

2.- Para aeronaves que pesan hasta 5.7 toneladas de peso máximo de despegue:

• Tasa Operacional Anual.

• Tasa Operacional por 30 días.

• Tasa de Iluminación.

• Derecho de arribo en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez.

Mayor información:

https://www.dgac.gob.cl/dgac/aeropuertos/tasaAeronauticaDerechos/tasaUsoAerodromo

https://www.dgac.gob.cl/dgac/aeropuertos/tasaAeronauticaDerechos/tasaServicioRuta

https://www.dgac.gob.cl/dgac/aeropuertos/tasaAeronauticaDerechos/tasaOperacionAnual

Además, se debe considerar que por las operaciones que se ejecuten fuera de los horarios normales de funcionamiento de los aeródromos, se deberá pagar un recargo en las tasas por Elevación y/o Extensión de Servicios.

¿Qué aeronaves están exentos de pagar tasas por la operación de aeronaves?

Se encuentran exentas las aeronaves de Estado, chilenas o extranjeras; aeronaves pertenecientes a los Clubes Aéreos chilenos o extranjeros; aeronaves pertenecientes a corporaciones o fundaciones de beneficencia; y las aeronaves de las personas jurídicas y naturales a que se refiere el artículo 10º de la Ley Nº 17.382.

¿Qué tasas pagan los aeródromos o helipuertos privados?

Los aeródromos o helipuertos privados deber pagar la Tasa Anual de Funcionamiento. www.dgac.gob.cl/dgac/Usuarios/tarifario (​ver en Tarifario Nacional art. 46).

Las edificaciones en altura o en cercanía de un aeródromo requieren de una certificación, ¿se debe pagar por ésto?

Si, respecto al valor éste se encuentra en nuestro tarifario en https://www.dgac.gob.cl/dgac/Usuarios/tarifario, (​ver en Tarifario Nacional art​. 45)

FACTURACIÓN Y PAGO

¿Cómo puedo resolver dudas o consultas respecto de documentos facturados por la DGAC?Para consultas respecto de cobros efectuados favor tomar contacto a:Fonos: (+56 2) 24392329 – (+56 2) 24392118Correo electrónico: dte.enviadas@dgac.gob.cl

¿Cómo saber si tengo documentos impagos con la DGAC?Se debe ingresar al link http://portal-deuda.dgac.gob.cl/portal-recaudacion/home en este sitio, Ud., podrá registrarse como usuario ingresando su rut y un número de folio de un documento de cobro que la DGAC le haya emitido. El sistema le asignará una clave de acceso y podrá consultar los documentos que mantenga impagos.

CONCESIONES DGAC

¿Quién puede obtener una concesión? Cualquier persona natural que no sea funcionario de la DGAC, personas jurídicas cuyos socios o directivos no sean funcionarios de la DGAC o parientes hasta tercer grado de consanguinidad.

¿En qué aeródromos el terminal de pasajeros es explotado comercialmente por la DGAC?

Isla de Pascua Mataveri                                
Valdivia Pichoy                                                  
Osorno Cañal Bajo Carlos Hott Siebert
Balmaceda Balmaceda                                          
Los Angeles María Dolores  
Chaitén Nuevo Chaitén
Coyhaique Teniente Vidal                         
Puerto Aysén Cabo 1º Juan Román
San Pedro de Atacama San Pedro de Atacama
Copiapó Chamonate
Vallenar Vallenar
Castro Mocopulli 
Chillán General Bernardo O’Higgins
Pucón   Pucón  
Puerto Williams Guardiamarina Zañartu                                       
Porvenir Capitán Fuentes Martínez               
Natales Teniente Julio Gallardo                        
Santo Domingo Santo Domingo
Robinson Crusoe Robinson Crusoe
Curicó General Freire
Quellón Quellón
Melinka Melinka
Villa O’Higgins Villa O’Higgins

¿Cómo puedo obtener una concesión en un terminal de pasajeros explotado comercialmente por la DGAC? Se debe tomar contacto con la Sección Concesiones, ubicada en Miguel Claro 1314, comuna de Providencia, Fono: (+56 2) 24392592.

CONCESIONES AEROPORTUARIAS DE OBRA PÚBLICA FISCAL (DGAC-MOP)

¿Cuáles son los Aeródromos y/o Aeropuertos Concesionados del país?• Aeropuerto Chacalluta, de Arica.

• Aeropuerto Diego Aracena, de Iquique.

• Aeropuerto Andrés Sabella, de Antofagasta.

• Aeródromo El Loa, de Calama.

• Aeródromo Desierto de Atacama, de Caldera.

• Aeródromo La Florida, de la Serena.

• Aeropuerto Arturo Merino Benítez, de Santiago.

• Aeropuerto Carriel Sur, de Concepción.

• Aeródromo La Araucanía, de Temuco.

• Aeropuerto El Tepual, de Puerto Montt.

• Aeropuerto Carlos Ibáñez del Campo, de Punta Arenas.

¿Cómo puedo explotar un negocio o proveer un servicio en un terminal de pasajeros que no es administrado por la DGAC? En estos casos se debe comunicar directamente con la Sociedad Concesionaria que explota dichos aeródromos en los cuales usted desee explotar un negocio o proveer un servicio.Para mayor información puede dirigirse a www.concesiones.cl 

¿Cuáles son las Sociedades Concesionarias de Aeropuertos que operan Actualmente en el País?

Para conocer las Sociedades Concesionarias con contratos vigentes de aeropuertos diríjase a www.concesiones.cl

¿Cómo puedo conocer y descargar los contratos de concesión de las Concesiones de Aeropuertos vigentes?

Las Bases de Licitación, así como las Circulares Aclaratorias, entre otros antecedentes de las concesiones de Aeropuertos vigentes y finalizadas pueden ser obtenidas de la página web de la Coordinadora de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas www.concesiones.cl

¿Cómo puedo obtener copia de los documentos asociados a las ofertas técnicas y económicas que presentan los licitantes en los procesos de concesiones de Aeropuertos?

Los documentos que presentan los licitantes y/o grupos licitantes como parte de sus ofertas tanto técnicas como económicas, forman parte de la administración de los procesos de licitaciones de contratos de aeropuertos que administra y gestiona el Ministerio de Obras Públicas, por tanto su consulta debe ser dirigida a dicho organismo público.

A dónde me dirijo en caso de tener un reclamo, sugerencia o felicitaciones por los servicios que se prestan en los Aeropuertos Concesionados, por ejemplo: cafetería, estacionamientos públicos, baños, retail, taxis, etc.

Los reclamos, sugerencias y/o felicitaciones asociados a servicios proporcionados en los Aeropuertos Concesionados, pueden ser presentados en los mesones de informaciones de cada aeropuerto o aeródromo, y/o través de los medios de contacto que se encuentran publicados en la página web de cada sociedad concesionaria.

CIERRE TEMPORAL O DEFINITIVO DE AERÓDROMOS O HELIPUERTOS PRIVADOS

¿Cómo se realiza el cierre temporal o definitivo de aeródromos o helipuertos privados?
Para trámites de orden administrativo u operativo, debe tomar contacto al correo electrónico aerodromos@dgac.gob.cl


Última actualización: 31 de Agosto de 2026