Tasa Operacional Anual (T.O.A.)

¿Quiénes pagan T.O.A.?

Las aeronaves privadas particulares y las aeronaves comerciales, ambas de matrícula chilena, cuyo peso máximo de despegue sea inferior o igual a 5.700 Kilogramos.

¿Qué Servicios Incluye?

Las aeronaves que pagan T.O.A. pueden hacer uso de los Aeródromos Públicos, cualquiera sea el número de operaciones que realicen dentro del año calendario y cubrirá los siguientes servicios.

  • De aterrizaje y estacionamiento.
  • De ayuda y protección al vuelo.

El pago de esta tasa no incluye el uso de iluminación de pista en los aeródromos dependientes de la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo pagar este servicio cada vez que sea utilizado.

¿Cuándo se paga la T.O.A.?

La Tasa Operacional Anual, debe ser pagada en el mes de Enero de cada año.

¿Las Aeronaves de Clubes Aéreos pagan T.O.A.?

No. Las aeronaves de Clubes Aéreos chilenos y extranjeros se encuentran exentos del pago de tasas aeronáuticas. 

¿Cuáles son las Tasas de la T.O.A.?

Existen dos tarifas para la T.O.A.

  • Aeronaves privadas particulares de matrícula chilena:

Que se utilicen exclusivamente para fines deportivos y que pertenezcan a personas naturales o jurídicas que no persigan fines de lucro. La tasa que deberán pagar estas aeronaves, de acuerdo a las siguientes categorías y según la fecha de fabricación, será la siguiente:

1a. Categoría Aeronaves de 5 años o menos Por cada 250 kgs. o fracción de peso máximo de despegue $ 46.743
2a. Categoría Aeronaves entre 6 y 10 años Por cada 250 kgs. o fracción de peso máximo de despegue $ 43.054
3a. Categoría Aeronaves entre 11 y 15 años Por cada 250 kgs. o fracción de peso máximo de despegue $ 37.894
4a. Categoría Aeronaves entre 16 y 20 años Por cada 250 kgs. o fracción de peso máximo de despegue $ 34.157
5a. Categoría Aeronaves entre 21 o más años desde su fecha de fabricación Por cada 250 kgs. o fracción de peso máximo de despegue $ 30.423

Vea los valores actualizados del Tarifario.

  • Las aeronaves comerciales de matrícula chilena:

Dedicadas a taxi aéreo, propaganda, fumigación, prospección pesquera o de otras operaciones aéreas semejantes, pagarán la Tasa Operacional Anual de acuerdo a una categoría única, ascendente a: $ 67.614 por cada 250 Kg o fracción de peso máximo de despegue.

Vea los valores actualizados del Tarifario.

¿Existe algún Pago Especial por operar en AMB?

Sí. Las aeronaves de Clubes Aéreos y las particulares afectas al pago de la Tasa Operacional Anual, pagarán $ 49.736 por cada aterrizaje que realicen en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez.

Vea los valores actualizados del Tarifario.

¿Qué pasa con las Aeronaves que se inscriben durante el año?

La Tasa Operacional Anual se reducirá en un 50%, cuando la inscripción en el Registro Nacional de Aeronaves se efectúe entre los meses de Julio y Octubre y un 75% cuando dicha inscripción se produzca en los meses de Noviembre o Diciembre y, en ambos casos, corresponda al primer pago de esta Tasa.

¿Las Aeronaves Extranjeras pagan T.O.A.?

Las aeronaves de matrícula extranjera ya sean privadas o comerciales, pagarán una Tasa global por cada período de 30 días o fracción de permanencia en el país. Esta Tasa Global se denomina Tasa Operacional por 30 días, debiendo ser pagada en el aeropuerto de entrada al territorio nacional y dará derecho al uso de los siguientes servicios:

De aterrizaje y estacionamiento.

De ayuda y protección al vuelo.

El pago de esta tasa no incluye el uso de iluminación de pista en los aeródromos dependientes de la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo pagarse este servicio cada vez que sea utilizado.

¿Cuánto pagan las Aeronaves Extranjeras?

La Tasa Operacional por 30 días, será igual a la décima parte de la Tasa Operacional Anual que corresponda a una aeronave de matrícula chilena de las mismas características. Esta se podrá renovar por un nuevo período de 30 días o fracción de permanencia, en cualquier aeródromo dependiente de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

DAR 50

Si lo desea, puede ver el texto completo de este tema en el DAR-50.Vea los valores actualizados del Tarifario.

Lugar y Horario de Atención:

Departamento Comercial, Subdepartamento Comercialización, Sección Tasas y Derechos Aeronáuticos, Miguel Claro 1314, Providencia.

Horario de atención: Lunes a Jueves de 8:30 a 17:00 horas – Viernes hasta 16:00 horas.

Fono: 56 2 2 439 2330 / 56 2 2 439 2647 Fax: (56) 2-24392120

Correo electrónico: tasasaeronauticas@dgac.gob.cl



Última actualización: 15 de Febrero de 2021