CERTIFICADO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE MANTENIMIENTO AERONÁUTICO (CMA)

Descripción:

Establece los procedimientos para la certificación de una Organización de Mantenimiento Aeronáutico Nacional (OMA) o para obtener el reconocimiento de un Centro de Mantenimiento Aeronáutico Extranjero (CMAE), que les permita, a ambos, efectuar actividades de mantenimiento en aeronaves de matrícula chilena y sus componentes.

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Documentación:

Para que el solicitante pueda obtener la correspondiente autorización para efectuar trabajos técnicos aeronáuticos deberá cumplir con lo siguiente:

(I) Organizaciones de Mantenimiento Aeronáutico Nacional (CMA, Clubes Aéreos y Talleres Aeronáuticos Aficionados) – Aeronaves hasta 19 Pasajeros.

Adjuntar copia digital del Manual de Procedimientos de Mantenimiento MPM, elaborado de acuerdo a lo establecido en el CA 145.003.

Ser sometido a una inspección por parte de Inspectores de Aeronavegabilidad, en la cual se comprobará entre otras materias, lo siguiente:

1. Lista de Capacidades para efectuar mantenimiento según el nivel de autorización solicitado, en relación al personal técnico, instalaciones, equipos y herramientas, información técnica, procedimientos de trabajo y registros de mantenimiento.

2. El sistema de Control de Calidad establecido en su MPM.

 

(II) Organizaciones de Mantenimiento Aeronáutico Nacional (CMA – Base Principal y CMA – Bases Auxiliares) – Aeronaves mayores a 5.700 Kg.

Enviar una solicitud que contenga la información indicada en el Apéndice B de la norma DAN 145, adjuntando la siguiente documentación:

1. Un Manual de Procedimientos de Mantenimiento (MPM).

2. Una Lista de Capacidad para cada ubicación o base.

3. La lista de cumplimiento, en la cual el organismo de mantenimiento establezca la forma como dará cumplimiento de cada uno de los requisitos que sean aplicables de la DAN 145.

4. Un programa de capacitación.

5. Un manual del Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (MSMS), conforme a lo establecido en la norma DAN 19.

6. Un listado de los organismos de mantenimiento certificados o no, que realicen trabajos de mantenimiento para el CMA.

7. Antecedentes legales:

Personas Naturales:

a. Copia autorizada de la Cédula de Identidad o Certificado de Nacimiento;

b. Certificado de dominio vigente no superior a 30 días y con anotaciones marginales del inmueble en que se han de encontrar las instalaciones en que funcionará el CMA o, en caso de que no fuera propietario, copia autorizada del contrato de arrendamiento o cualquier título por medio del cual utilizará el inmueble en que ha de funcionar el CMA.

Personas Jurídicas:

a. Copia autorizada del RUT de la empresa.

b. Copia autorizada de la escritura pública de constitución de sociedad.

c. Copia autorizada de la publicación del extracto de la constitución de sociedad en el Diario Oficial.

d. Copia autorizada de la inscripción de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una vigencia no superior a 30 días a la fecha de su presentación y con anotaciones marginales.

e. Certificado de vigencia de la sociedad extendido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo con una vigencia no superior a 30 días a la fecha de su presentación;

f. Copia autorizada con vigencia de los poderes con que actúen los representantes de la empresa; y

g. Certificado de dominio vigente no superior a 30 días y con anotaciones vigentes marginales del inmueble en que han de encontrarse las instalaciones en que funcionará el CMA o, en caso de que no fuera propietario, copia autorizada del contrato de arrendamiento o cualquier título por medio del cual utilizará el inmueble en que ha de funcionar el CMA.

 

(III) Organizaciones de Mantenimiento Extranjeras (CMAE)

Las organizaciones de mantenimiento extranjeras que soliciten el reconocimiento como Centro de Mantenimiento Extranjero (CMAE), deberán presentar lo siguiente:

1. Carta solicitando el reconocimiento, indicando claramente las habilitaciones que requieren sean reconocidas y señalando su conformidad con el proceso y que los costos que involucre este proceso serán absorbidos por el CMAE.

2. Una copia digital de su certificado de aprobación otorgado por su respectiva autoridad aeronáutica con sus correspondientes habilitaciones.

3. Una copia de las Especificaciones de Operación, en la cuales se detalla las habilitaciones y limitaciones otorgadas por su respectiva autoridad aeronáutica.

4. Una copia digital del Manual de procedimientos de Inspección o su equivalente, aceptado o aprobado por su autoridad aeronáutica, escrito en español o inglés.

5. Un listado del personal de certificación que tendrá la responsabilidad de emitir el certificado de conformidad de mantenimiento después realizar los trabajos en la aeronave o en componentes de aeronaves, que permita el retorno al servicio de éstos.

6. Un listado de los organismos de mantenimiento, certificados o no, que realicen trabajos de mantenimiento para el CMAE.

Costo:

El valor para este certificado es el indicado en el Art. 44 del tarifario aeronáutico. (Ver Tarifario).

En forma adicional a las tasas por concepto de la emisión del certificado, el solicitante deberá absorber los costos derivados de la inspección, actividad que constituye requisito para la obtención de la correspondiente aprobación o reconocimiento del Centro de Mantenimiento Aeronáutico nacional o extranjero, respectivamente.

Plazo de Entrega y Vigencia:

Una vez recibida la totalidad de los antecedentes especificados en los procedimientos, se establece un plazo máximo de 60 días hábiles de responsabilidad de la DGAC, para la emisión del certificado de aprobación o de reconocimiento, según corresponda.

Fase Descripción del proceso Tiempo máximo Observaciones
01 SOLICITUD DE INTENCIÓN DE CERTIFICACIÓN El usuario solicita vía formulario web, la intención de iniciar el proceso de certificación de su organización de mantención aeronáutica.
02 KICK OFF – REUNIÓN DE INICIO Se coordina y realiza una reunión inicial (mediante video llamada), en la cual se le dan a conocer todos los requisitos que debe cumplir, los documentos que debe presentar, los costos asociados, y se le explica el procedimiento que debe seguir.
03 RECEPCIÓN DE LOS ANTECEDENTES ENTREGADOS POR EL CMA
04 REVISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN 45
05 INSPECCIÓN Y DEMOSTRACIÓN 10
06 CERTIFICACIÓN 05 Terminado el proceso de certificación, se emiten: la Resolución correspondiente, el Certificado de CMA y la Lista de Capacidad (Habilitaciones y Limitaciones), las cuales, se envían al usuario, vía correo electrónico, adjuntando, además, el MPM, MSMS y Programa de Capacitación.
TOTAL DÍAS HÁBILES 60

Un certificado otorgado a una OMA, tendrá vigencia desde la fecha de otorgamiento hasta que la OMA renuncie a él o la DGAC lo suspenda o cancele.

El certificado de reconocimiento de un CMA Extranjero (CMAE), tendrá una vigencia de 24 meses, renovable por igual periodo, siempre que mantenga los requisitos que dieron origen a su reconocimiento, lo cual es verificado mediante una inspección in situ, coordinada con la debida anticipación.

Este certificado se mantendrá válido mientras el CMAE mantenga vigente la certificación de su autoridad aeronáutica local y mantenga ante la DGAC el cumplimiento de los requisitos que dieron origen a su reconocimiento como CMAE y a las habilitaciones y limitaciones otorgadas, como asimismo mantener actualizada la información requerida durante el proceso de reconocimiento.

Consultas:

Organizaciones de Mantenimiento Aeronáutico Nacionales (OMA) – Aeronaves hasta 19 Pasajeros.

Horario de consultas: De lunes a jueves entre 08:45 y 17:15 hrs., viernes entre 08:45 y 16:15 hrs.

Fono: (56) 2-24392676, Fax: (56) 2-24368139

Correo electrónico: certificacioncma@dgac.gob.cl

Organizaciones de Mantenimiento Aeronáutico Nacionales (OMA) para Aeronaves con PMD mayores a 5.700 Kg. y Centros de Mantenimiento Aeronáuticos Extranjeros (CMAE).

Horario de consultas: De lunes a jueves de 8:00 a 17:00 hrs., viernes de 8:00 a 16:00 hrs.

Fono: (56) 2-24363175, Fax: (56) 2-24363773

Correo Electrónico: certificacioncma@dgac.gob.cl



Última actualización: 13 de Octubre de 2022